Medidas fiscales para mayores de 65 años: plusvalías y planes de pensiones

Medidas fiscales mayores de 65 años: plusvalías
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El nuevo IRPF incluye la no tributación de ganancias obtenidas en la venta de activos patrimoniales, tales como inmuebles, acciones o similares. Todo ello, en el caso de tener más de 65 años.

La exención está limitada a los 240.000 euros y para disfrutar de ella se tendrás seis meses tras la venta del activo. Además:

  • se debe crear una renta vitalicia periódica cuyo objetivo es completar al sistema público de pensiones.
  • cuando no se aplique la totalidad de la plusvalía, la exención afectará a la parte correspondiente.
Medidas fiscales mayores de 65 años: plusvalías

Foto: Flickr

Sin embargo, aunque la reforma pueda parecer positiva, lo cierto es que las plusvalías aumentan. El Gobierno ha eliminado los coeficientes de abatimiento y de correlación de la inflación, conceptos que permitían reducir la plusvalía en caso de venta de inmuebles, acciones o fondos de inversión. Es decir, hasta ahora, cuando se vendía un piso y se conseguía un beneficio de 25.000 euros sobre el precio original, no había plusvalía fiscal o era mínima.

Sin embargo, con la nueva medida, habrá que tributar por la totalidad de los 25.000 euros. La modificación del Gobierno busca que en vez de pagar al Fisco entre un 20 y un 24% por plusvalía, el contribuyente decida convertirla en renta vitalicia. En cualquier caso, se ha mantenido la exención de plusvalía de vivienda habitual para este colectivo de mayores de 65 años.

Planes de pensiones e indemnizaciones por despido

La reforma aporta mayores mecanismos de liquidez a estos productos financieros. A partir de ahora, se podrán rescatar tras una antigüedad de 10 años. Por lo tanto, se rompe con la norma de reembolso sólo en casos de enfermedad grave o paro prolongado.

Asimismo, para facilitar la movilidad de planes de pensiones y aumentar la competencia, se reduce de un 2,5% a un 1,75% la comisión máxima sobre el principal ahorrado y los rendimientos. A priori, esta medida beneficiará a cuatro millones y medio de personas y procurará un ahorro anual cercano a los 121 millones de euros.

La transparencia es otra de las características de la reforma. Con el fin de que el cliente pueda estar mejor informado, se añade la necesidad de que las entidades notifiquen todas las inversiones de los fondos de pensiones adquiridos a cierre de ejercicio, aportando datos sobre la rentabilidad obtenida en los últimos 20 años. Consecuentemente, también se deberá informar a través de la web de la entidad de todos los detalles del plan. El objetivo es que el futuro cliente conozca con antelación aspectos como el nivel de liquidez de los planes, la garantía de rentabilidad o el riesgo.

En este sentido, los PIAS (Planes Individuales de Ahorro Sistemático: seguros de vida que se emplean para constituir una renta vitalicia) también reducen su duración mínima de 10 a 5 años, equiparándose al Plan Ahorro 5 y a largo plazo.

Por otro lado, en el famoso debate en torno a la tributación por despido, finalmente se ha decidido que desde el 1 de agosto se tribute por las indemnizaciones a partir de un mínimo exento de 180.000 euros. Es decir, si se reciben 200.000 euros, se tributaría por 20.000. Además, se podrá abonar de forma fraccionada.

Pensiones en el extranjero

Para terminar, queremos comentar el reciente anuncio de Hacienda, que ha afirmado que desde enero de 2015 se abrirá un periodo de regulación de seis meses sin sanción en el que las personas que reciban o hayan recibido pensiones del extranjero y sean residentes en España deberán declararlas.

Al parecer, en los últimos años, la Administración ha encontrado la existencia de contribuyentes residentes en España que perciben pensiones del extranjero y no tributan. El Gobierno les propone regular su situación tributaria sin sanción, si ingresan el 100% de la cuota tributaria.

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