Ley de sociedades de capital: paridad, transparencia, importancia de los accionistas minoritarios e información sobre el pago a proveedores.

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El pasado viernes, el Gobierno informó sobre las modificaciones en la Ley de sociedades de capital que va a llevar a las cortes. Son las siguientes:

  • Las empresas cotizadas deberán aumentar la presencia de mujeres en los consejos de administración, facilitando su nombramiento. Esta información deberá aparecer en sus informes anuales de gobierno corporativo, destacando los avances al respecto y persiguiendo cierta paridad entre hombres y mujeres en los principales puestos de gestión.
  • Mayor importancia a las juntas de accionistas en las políticas de retribución, ya que aprobarán la política de remuneraciones con carácter vinculante y con una periodicidad de al menos cada 3 años. La remuneración deberá ser razonable, ponderada con el contexto y la rentabilidad de la empresa en el largo plazo. Por eso, todas las sociedades deberán aprobar el montante máximo de las remuneraciones a través de la Junta de accionistas y cualquier modificación deberá ser consultada con la Junta de accionistas. ¿Qué se incluye en remuneraciones?
    • cuantía máxima a recibir por los consejeros.
    • salario fijo de trabajadores con función ejecutiva.
    • los componentes salariales, variables, pensiones e indemnizaciones de los trabajadores con función ejecutiva.
  • Transparencia e independencia en las Juntas de accionistas. En todas las sociedades, el accionariado deberá votar por separado las propuestas. Asimismo, se propone la extensión de voto prohibido a aquellos socios que tengan conflictos de interés claro. Además, se amplía el plazo de impugnación de los acuerdos sociales, ampliando de los 40 días actuales a un año. Para ejercer la impugnación, se exigirá el 1% del capital y el 1 por mil en las empresas cotizadas.
  • Mayor participación minoritaria en las empresas cotizadas. En este tipo de compañías, se reducirá del 5% al 3% el capital social para ejercer los derechos de minoría. Además, se reduce el número máximo de accionistas para poder asistir a la Junta, pasando del 1 por mil actual a 1.000 acciones. Permitiendo, asimismo, que las entidades que representen a varias personas puedan fraccionar o delegar su voto.
  • Obligación de publicar el periodo medio de pago a proveedores. La nueva ley de sociedades de capital obligará a las empresas a que publiquen el periodo medio de pago a sus proveedores, puesto que el ministro de Economía asegura que algunos retrasos son inaceptables. Este cumplimiento también afectará a las empresas que coticen en bolsa, que deberán publicar esta información en la web, y a las que no sean cotizadas y no presenten cuentas abreviadas, quien también deberán informar sobre este dato en su web, si es que la tienen.  En el caso de que las empresas superen los 60 días de periodo máximo para el pago deberán informar sobre cómo planean adecuarse a los requisitos legales de cumplimiento.

¿Cómo valoráis el cambio? ¿Os parece bien la incorporación de nuevos criterios que tomen en consideración a los accionistas minoritarios?

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