Sobre las modificaciones para el cobro del paro de autónomos

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Recientemente, se ha sabido que el Gobierno quiere suavizar el acceso al paro de los autónomos. No hace mucho comentábamos las dificultades que encontraban estos trabajadores para cobrar su prestación por desempleo. De hecho, en el primer semestre de 2013, más de las mitad de las solicitudes fueron rechazadas y un 12% se encontraba en proceso de resolución.

Por esta razón, el Gobierno prevé en su nueva ley de Mutuas cierta flexibilización para el cobro del paro. A continuación, detallamos sus planes:

  • Se podrá acceder al paro cuando las cuentas de cierre de ejercicio o las del momento de cese de actividad hayan sido negativas. La cuenta será el resultado de computar ingresos y gastos de año sin contar el que de inicio de actividad.
  • Habrá que estar al corriente de la Seguridad Social. Sin embargo, habrá 30 días para regular la situación y, cuando se haya solicitado aplazamiento, esta deuda no contará como tal.
  • Los administradores de sociedades o familiares del trabajador por cuenta propia entrarán en la protección. También se ampliará a los autónomos dependientes que no hayan sido reconocidos pero que puedan demostrarlo.

Otro de los aspectos circunstanciales en la obligación de acogerse a la cotización de cese por actividad. Hasta ahora, en el momento del alta había que decidir si se abonaba esta cotización o no. Sin embargo, a partir de ahora será obligatorio para poder sufragar los gastos derivados del pago del paro para los autónomos.

Estaremos atentos al texto definitivo y os lo contaremos.

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